martes, octubre 1, 2024
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Gobierno Petro objetó ley de insolvencia para los colombianos, aprobada en el Congreso: esta es la razón

FOTO DE ARCHIVO. Congreso de Colombia inicia nueva legislatura, en Bogotá, Colombia 20 Julio, 2024. REUTERS/Nathalia Angarita

La relación entre el Gobierno de Gustavo Petro y el Congreso de la República están en un punto crítico.

Además de la posición del legislativo con el presupuesto general de la nación para el 2025 y la reforma tributaria, se sumó las objeciones del ejecutivo al proyecto de ley que modificó la ley de insolvencia para personas naturales.

Esta iniciativa es liderada por la bancada del Partido Conservador, que actualmente ocupa la presidencia del Senado por medio del congresista Efraín Cepeda.

De acuerdo con los argumentos expuestos en el documento firmado por el presidente Gustavo Petro, los articulados relacionados con el pago de obligaciones financieras por parte de los colombianos van en contra con lo expuesto en la Constitución Política, por lo que advirtió que, de sancionar la ley aprobada en el Congreso el pasado 18 de junio de 2024, sería declarado como inconstitucional por la Corte.

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El informe de objeciones de Presidencia menciona que la propuesta legislativa vulnera el artículo 116 de la carta magna, al considerar que “establece la competencia de los directores de los centros de conciliación, de sus subdirectores de insolvencia y de los asesores jurídicos en insolvencia de las notarías para adoptar decisiones en el marco de los procesos de negociación de deudas relativos a los eventos de insolvencia”.

Según el mandatario, en el proyecto aprobado por el Congreso “debe advertirse que los sujetos antes mencionados no forman parte del listado de particulares previstos a quienes pueda asignarse el ejercicio de funciones jurisdiccionales”.

También, la Presidencia detalló que los congresistas desconocieron lo mencionado en los artículos 29 y 16 de la Constitución Política, que protegen los derechos fundamentales al debido proceso y a la autonomía de la voluntad.

“Anula totalmente cualquier postura que un acreedor asuma en relación con el acuerdo de pago suscrito en el marco de un proceso de negociación de deudas”, se lee en el documento.

Finalmente, el informe presidencial menciona que el proyecto en cuestión también habría violado el artículo 53 de la carta magna, argumentando que se “impediría a una persona acudir a un trámite de negociación de deudas o a un proceso de liquidación patrimonial en el futuro, lo que a todas luces desconoce las múltiples facetas del derecho fundamental de acceso a la administración de justicia”.

Esta no es la primera iniciativa que objeta el mandatario nacional, luego de que en el mes de agosto no sancionará el proyecto de ley que retomaba la propuesta de Días sin IVA, promovido por congresistas del Centro Democrático.

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