miércoles, octubre 2, 2024
spot_imgspot_imgspot_img
InicioDeportesEl Supremo avala 5 años de cárcel por agredir sexualmente a dos...

El Supremo avala 5 años de cárcel por agredir sexualmente a dos menores al chuparles los pies

El Tribunal Supremo ha avalado la condena de cinco años y multa de 2.700 euros impuesta a un hombre que asaltó a dos menores para chuparles los pies, en Aspe (Alicante). Con una de ellas, menor de 14 años, incluso se masturbó metiéndose la mano dentro del pantalón, mientras le decía que se dejara hacer, porque si no, le haría «algo peor».

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, avala la condena por un delito de abuso sexual y otro de agresión sexual a la pena de cinco años de prisión y multa de 18 meses a razón de cinco euros al día impuesta por la Audiencia de Alicante al acusado, que tendrá que indemnizar con 1.000 euros a la menor de 17 años y con 3.000, a la de 14 por los daños morales sufridos. Para el alto tribunal, los actos que cometió «se enmarcan en una parafilia fetichista» por la que «obtiene excitación y placer sexual en relación con los pies», por lo que la condena por delitos sexuales fue correcta.

La menor de 17 años fue asaltada mientras esperaba a una amiga en el portal de su casa, momento que el condenado aprovechó para preguntarle su nombre y su edad y decirle: «Me gustan tus pies, quítate el zapato para verlos mejor». La menor se negó, pero «el procesado, repentinamente y con ánimo libidinoso, le sujetó fuertemente el pie, y le quitó el zapato para acto seguido introducirse el pie en la boca y comenzar a chuparlo, hasta que la menor se pudo soltar y salir corriendo».

La siguiente agresión se produjo unos días después, el 3 de septiembre de 2018, cuando la menor caminaba a su domicilio y fue abordada por el procesado. «Qué guapa eres, ¿cómo te llamas?, ¿tienes novio?, qué pies más bonitos tienes, ¿me dejas que te los toque?», le dijo a la chica. Ella se negó. Entonces «con ánimo libidinoso y con intención de satisfacer su deseo sexual, la cogió por los brazos y la empujó contra la persiana metálica de un almacén para que no pudiera moverse«, explica la sentencia.

Cuando la menor empezó a gritar, la amenazó: «Déjame que te chupe o te hago algo peor. Como no te estés quieta te violo. Déjame que me haga una paja y me voy». Le quitó una sandalia y empezó a chuparle el pie, mientras se metía la mano dentro del pantalón deportivo que vestía y se masturbaba.

Entre las alegaciones que presentó en su defensa figuraba que una de las menores no le reconoció en un primer reconocimiento fotográfico, argumento que ya fue desechado por la Audiencia de Alicante, que consideró el testimonio de la joven «coherente en sí mismo y contundente en su reconocimiento físico del denunciado en el propio acto de la vista«, lo que el alto tribunal considera «prueba de cargo válida y apta para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia» y que fue «valorada razonada y razonablemente» por el tribunal de instancia.

Obtener excitación

También sostenía que chupar un pie debe ser una conducta atípica, que no puede considerarse agresión sexual, sino en todo caso constitutiva de «coacciones, vejaciones o exhibicionismo». Pero el Supremo, al igual que hizo la Audiencia y luego el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, considera que «los contactos corporales llevados a cabo por el acusado, inconsentidos» por la menor de 17 años «e impuestos violentamente» a la de 14, «tuvieron una significación indudablemente sexual«.

«En ambos casos los actos se enmarcan en una parafilia fetichista que obtiene excitación y placer sexual en relación con los pies. No se trata un tocamiento fugaz e inocente, sino de un acto de cierta trascendencia que no tiene otra explicación que la inequívocamente lasciva de obtener una satisfacción sexual al procederse de forma inconsentida a la introducción del pie de la víctima en la boca del acusado para obtener con tal conducta su satisfacción sexual», concluye el Supremo.

RELATED ARTICLES
spot_img

Lo mas popular

spot_img